Las disculpas públicas ya se dieron, pero el pleito judicial sigue en pie. La Presidencia de la República radicó una impugnación contra la sentencia de tutela que obligó a Abelardo de la Espriella a pronunciarse por los componentes religiosos que hicieron parte de su ceremonia de posesión, realizada el 7 de agosto en Cali.
Quién presentó el recurso y ante qué despacho
El escrito fue radicado el lunes 31 de agosto por Carolina Jiménez Bellicia, coordinadora del Grupo de Gerencia de Defensa Judicial de la Presidencia. Lo presentó ante el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bogotá, el mismo despacho que había resuelto el caso en primera instancia.
El origen de la tutela
La acción constitucional fue interpuesta por Omar Alberto Franco Becerra, quien puso en duda la inclusión de elementos religiosos en la ceremonia. El juez que estudió el caso estimó que lo sucedido podía comprometer el principio de neutralidad religiosa y la laicidad del Estado.
Entre los hechos que quedaron bajo la lupa figuran una imagen de la Virgen de Fátima, la intervención de representantes religiosos, oraciones y alabanzas, además de menciones a Jesucristo dentro del discurso del mandatario.
Qué ordenó el juez de primera instancia
La decisión judicial dispuso que De la Espriella ofreciera disculpas públicas a través de una alocución transmitida por radio y televisión. Sumado a eso, le exigió expedir una directiva dirigida a los servidores públicos para asegurar que la neutralidad religiosa se respete en los actos oficiales.
La orden no se limitó al jefe de Estado: también cobijó al presidente del Congreso, Honorio Miguel Henríquez Pinedo, a quien se le pidió disculparse por lo ocurrido en la sesión del Congreso Pleno donde se surtió la posesión.
Las disculpas ya se cumplieron
El domingo 30 de agosto, De la Espriella acató lo ordenado y ofreció las disculpas públicas. En esa misma intervención, sin embargo, fijó su postura sobre el asunto y reivindicó su libertad religiosa. Con el recurso presentado un día después, la Presidencia busca que la providencia sea revisada y, eventualmente, revocada.
Los argumentos de la defensa del Gobierno
El eje de la impugnación es que el presidente no fue quien definió cómo se organizó la sesión del Congreso en la que tuvo lugar la posesión. Según la Presidencia, la competencia constitucional y legal para organizar las sesiones y modificar el orden del día recae en el Congreso de la República, en sus mesas directivas y en sus integrantes.
Bajo esa premisa, la defensa afirma que no hay pruebas de que el mandatario hubiera ordenado, autorizado o coordinado los elementos religiosos que se cuestionan. Añade que el fallo tampoco acreditó la existencia de una política estatal orientada a imponer o promover una religión determinada.
El recurso plantea, además, que las manifestaciones religiosas del presidente deben leerse a la luz de su libertad de conciencia y de culto.
La separación de poderes, otro punto del debate
Un argumento adicional apunta a la división de poderes: para la defensa, endilgarle al jefe de Estado la responsabilidad por decisiones tomadas dentro de una sesión del Congreso podría desconocer las atribuciones propias de esa corporación.
El Gobierno también se apoya en pronunciamientos recientes de la Corte Constitucional para sostener que la laicidad estatal no implica que toda expresión religiosa de un funcionario constituya, por sí sola, una vulneración de la neutralidad religiosa. La defensa insiste en que cada caso debe examinarse según sus circunstancias particulares.
Qué viene ahora
El expediente pasará al superior correspondiente, que deberá estudiar la impugnación. El trámite podría continuar hasta una eventual revisión por parte de la Corte Constitucional.
Entre tanto, el episodio mantiene vigente la discusión sobre hasta dónde puede expresar sus creencias personales un funcionario público en escenarios oficiales y dónde está la frontera entre la libertad religiosa individual y el principio de neutralidad que debe conservar el Estado colombiano. Por ahora, el mandatario ya cumplió con las disculpas ordenadas, mientras su Gobierno sostiene la disputa jurídica para intentar modificar la decisión que dio lugar a esa obligación.